miércoles, 12 de abril de 2017

Cuidado con las arras de la promesa de compraventa

En días pasados nos visitó una cliente a quien llamaremos, Lucia su historia es la siguiente: 

Durante años ahorro junto a su esposo la suma de quince millones de pesos con el fin de adquirir una vivienda propia, luego de visitar varios proyectos se interesaron mucho por un hermoso apartamento el que ellos habían soñado siempre, como en todo proceso de compra ante una constructora primero presentaron documentación consignaron la separación del apartamento y por ultimo firmaron la promesa de compraventa ese contrato que obliga a las partes a que el negocio de compraventa se concrete. 

En la promesa de compraventa Lucia y su esposo fijaron cuotas mensuales que debían pagar durante 10 meses para completar el valor de la cuota inicial y abonaron los quince millones que ahorraron durante años. Dicho contrato además incluyo un valor de arras por la suma de  veinte millones de pesos  Lucia y su esposo pagaron oportunamente las cuotas pactadas, pero al momento de efectuar el pago de la cuarta cuota ocurrió algo inesperado Lucia y su esposo esperaban formalizar un importante negocio el cual cubrirán las cuotas restantes, pero por diversas circunstancias dicho negocio no se concretó y desafortunadamente no tenían más ingresos para cumplir con las cuotas pactadas pero eso no es todo, Lucia y su esposo habían adelantado el trámite del crédito hipotecario y esperaban respuesta. Justamente por esos días el banco respondió a su solicitud de crédito negándolo. En vista de estos acontecimientos con preocupación Lucia asistió a nuestras oficinas para que analizáramos el contrato que firmó con la constructora y le ayudáramos a verificar si había posibilidad de que esta les hiciera la devolución total de los dineros aportados hasta la fecha. 

En nuestra reunión con la señora Lucia analizamos a profundidad el contrato y le explicamos la situación; Cuando se firma un contrato de promesa de compraventa las partes involucradas en este es decir el promitente comprador y el promitente vendedor adquieren derechos y obligaciones las más importantes son que el negocio se concrete entregando el valor total pactado por el inmueble y la entrega del real inmueble con la tradición del mismo. Para asegurar que el negocio se concrete se pacta un valor de arras según acuerdo de voluntades estas arras constituyen una garantía para las partes en caso de que alguna se retracte. En el caso de que el vendedor se retracte este entregará doblado el valor pactado por arras y en caso de que el vendedor se retracte perderá el valor ya entregado.  

Para el caso de doña Lucia el valor de arras que se pactó fue de veinte millones de pesos, por lo tanto y de acuerdo a las clausulas establecidas en el contrato solo tendría lugar a la devolución de las cuotas mensuales que pago descontándose el valor pactado de arras. 

Este caso nos permite vislumbrar que es muy importante asesorarnos antes de efectuar cualquier tipo de negocio inmobiliario y antes de contraer obligaciones, por esto dejamos unas recomendaciones para tener  en cuenta:

1. Debemos leer y analizar los documentos o contratos con detenimiento antes de firmarlos porque muchas veces no tenemos claro el alcance de los mismos y esto nos puede afectar considerablemente. 

2. Debemos efectuar un presupuesto detallado y financiarnos muy bien antes de formalizar cualquier tipo de negocio para no vernos perjudicados en caso de que se nos veamos inmersos en situaciones de fuerza mayor 

3. Si tenemos dudas respecto a un negocio inmobiliario, alcances riesgos variables entre otros lo recomendable es asesorarnos de un abogado especialista en la materia para tomar decisiones a tiempo, disminuir riesgos y evitar perjuicios posteriores. 


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